La Anmat prohibió la venta de un generador quirúrgico y de un aceite de coco

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta y comercialización de un generador quirúrgico por no ser reconocidos por el importador oficial del producto. Así como también la venta y comercialización de un aceite de coco, por no cumplir la normativa alimentaria vigente.

En el primero de los casos, a través de la Disposición 7216/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, se prohibió la venta y comercialización de un producto quirúrgico luego de una denuncia de la importa oficial del producto.

«Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: «ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie e6e12b1, lote N4M27J» y «ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie 08c6356, lote N4LN22″, sin datos de importador en la República Argentina», se informó en el Boletín Oficial.

Las acciones se iniciaron porque ese producto lo importa en el país la firma Johnson & Johnson Medical SA, que informó que detectó la comercialización de los mencionados productos.

En el segundo caso, mediante la Disposición 7112/2020, se informó la prohibición de la venta del aceite de coco marca «SATTVIKKO».

La denuncia contra el «Aceite de Coco Neutro Orgánico, marca SATTVIKKO, por 660 cc» la inició un consumidor que al comprar el producto se encontró con que no se exhibía en su rótulo la información obligatoria (Lote, RNE, Razón Social, entre otros).

La investigación determinó que «por carecer de registros de establecimiento y de producto» al aceite de coco investigado se lo considera «como un producto ilegal».

En consecuencia, la Anmat dispuso: «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto ‘Aceite de Coco Neutro Orgánico, marca SATTVIKKO’ por carecer de autorización de producto y establecimiento, resultando ser en consecuencia ilegal».

FUENTE: conclusion.com.ar

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