Desde el inicio de la gestión, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, modificó el 75% de las salas de parto con el fin de garantizar los derechos de las personas gestantes en el marco de la Ley N° 25.929 de Parto Respetado. La compra de las 52 camas/sillones de parto de diseño ergonómico, representan una inversión de 343.720.00 de pesos y están siendo distribuidas en hospitales públicos bonaerenses como parte de la implementación de la ley.
Por su parte, la directora de Maternidad y Salud Perinatal Delia Zanlungo afirmó que “por sus características, estas camas/sillones permiten que la persona gestante pueda atravesar todo el proceso de preparto y parto en el mismo espacio físico, inclusive el primer contacto con la persona recién nacida y el tiempo de recuperación, en compañía del equipo de salud y de la persona que haya elegido”. A diferencia de las camillas no ajustables, que sólo permiten la posición de decúbito dorsal, las camas/sillones permiten reclinar el respaldo y estar en posición sentada o semi-sentada, que resulta una de las posiciones que más favorece el proceso de dilatación durante el trabajo de parto.
La compra de las camas/sillones está acompañada con la entrega de 100 monitores fetales, 25 bombas extractoras de leche humana y 150 detectores de latidos fetales, habiendo invertido en este equipamiento más de 38 millones de pesos para promover los cuidados prenatales y fomentar la lactancia en las personas recién nacidas que se encuentran en internación por diferentes motivos.
La incorporación de este mobiliario específico para las maternidades de la Provincia resulta fundamental para mejorar la calidad de la atención durante los nacimientos y evitar la sobreutilización de intervenciones innecesarias, como la episiotomía, las cesáreas o la inducción química del parto, que aumentan el riesgo de complicaciones para la salud, tanto de las personas embarazadas como de las recién nacidas.
Parto respetado
La Ley Nacional N° 25.929 garantiza un parto y nacimiento respetados. En el año 2020, con la adhesión de la Ley N° 15.188, la Provincia de Buenos Aires se comprometió a trabajar en la garantía de derechos para que las personas gestantes sean protagonista, en todo momento, del trabajo de parto, parto y nacimiento de su hijo o hija; reciban un trato amable y sin discriminación.
De acuerdo con la ley, las elecciones, deseos, costumbres y rituales alrededor del parto y nacimiento de cada persona gestante deben ser considerados y respetados. La ley garantiza a la persona gestante:
– Estar acompañada en todo momento por la persona que elija en el proceso de trabajo de parto, parto y nacimiento de su hijo o hija.
– Recibir información clara y precisa sobre las prácticas que le realizan y a su hijo o hija y, a ofrecerte alternativas posibles
– Que se acompañen los tiempos fisiológicos y la libertad de movimientos durante el trabajo de parto y parto, evitando intervenciones innecesarias.
– Recibir asesoramiento y acompañamiento en la decisión que tome con respecto a la lactancia.
– Permanecer en contacto piel a piel con la persona recién nacida durante la primera hora de vida y a que sea identificada inmediatamente después del nacimiento.
– Retirarse del establecimiento de salud con el método anticonceptivo que elija.
FUENTE: gba.gob.ar