En el marco de las estrategias que lleva adelante el Ministerio de Salud de la Nación para dar respuesta a la pandemia de COVID-19, la Telesalud tomó un relevancia destacada durante el segundo semestre del año, superando las 25.000 consultas y los 3.400 usuarios registrados. Además, desde abril, se encuentra disponible en todo el país el Programa TeleCOVID para que las personas sin obra social puedan realizar desde sus domicilios consultas con el equipo de salud a través de videollamadas.
Desde su lanzamiento, TeleCOVID superó las 8.500 consultas contribuyendo a mejorar la equidad y la oportunidad en el acceso a servicios de salud.
En este período también se ampliaron las prestaciones del plan de servicios de salud del programa Sumar, generadas específicamente para TeleCOVID, y se está trabajando en la definición de nuevos grupos de riesgo y líneas específicas de cuidados a distancia. Esta incorporación de prestaciones se traduce en más inversión de recursos financieros para las jurisdicciones, puntualmente desde el programa Redes se realizó una transferencia de recursos que supera los 128 millones de pesos destinada a la gestión de consultas a distancia en el marco de la pandemia de COVID-19.
Cabe señalar, que a través de TeleCOVID se reduce la sobrecarga del sistema sanitario y minimiza el impacto en su capacidad de respuesta; se promueve la disminución de la circulación de las personas con sospecha de infección y sin requerimiento de institucionalización; y se brinda atención y continuidad de seguimiento de cuidados de salud a los grupos más vulnerables sin salir de sus domicilios.
La asistencia remota está contemplada para la primera consulta por síntomas compatibles con COVID-19, el seguimiento domiciliario de casos sospechosos o confirmados y el monitoreo post alta, como así también para personas consideradas dentro de los grupos de riesgo con el fin de brindar continuidad en los cuidados a los más vulnerables, como los enfermos crónicos, las embarazadas y los niños menores de un año. Por otro lado, en los casos que el profesional defina que se requiere atención presencial, se arbitran los medios necesarios para ello.
FUENTE: Ministerio de Salud de la Nación