El Gobierno nacional envió un proyecto a la Cámara de Diputados para eximir del IVA y del Impuesto al Cheque la venta de vacunas e insumos producidos en la Argentina para inmunizar a la población contra el coronavirus, cuando los compradores sean el Estado Nacional, las provincias o la ciudad de Buenos Aires.
La iniciativa apunta a ampliar ese beneficio a la compra de vacunas fabricadas en el país, ya que aquellas adquiridas en el exterior no pagaban derechos a la importación ni otros tributos como se estableció en ley de vacunas.
Fuentes parlamentarias señalaron que la intención es comenzar en las próximas semanas a debatir el proyecto en la comisión de Presupuesto y Hacienda que conduce el diputado del Frente de Todos Carlos Heller.
El proyecto que exime del IVA y el Impuesto al Cheque a la venta de vacunas y otros insumos contra el coronavirus lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del ministro de Economía, Martín Guzmán, y del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.
La medida impositiva eximirá el pago del 21% del Impuesto al Valor Agregado que se aplica a todos los productos y del Impuesto al Cheque del 0,6% que se cobra por cada transacción bancaria.
La ley de vacunas, en su articulo 6, eximió del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el IVA.
La nueva iniciativa alcanza además a otros medicamentos, tratamientos e insumos necesarios para hacerle frente a la pandemia en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Gobierno nacional desde el año pasado.
En los fundamentos, el Poder Ejecutivo recordó la vigencia de la medida que declaró de interés público la investigación, el desarrollo, la fabricación y la adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19, en el marco de la emergencia sanitaria.
A través del proyecto, se faculta al Poder Ejecutivo a extender los beneficios de la ley por el plazo máximo de un año.
Además, se invita a las provincias, a la CABA y a los municipios a adherir a la exención de los tributos aplicables en sus jurisdicciones.
Asimismo, el proyecto exime del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias a las cuentas usadas en las operaciones “inherentes” a la venta de las vacunas, descartables, medicamentos, insumos y tratamientos contra la Covid-19, siempre que sean adquiridas por el Estado Nacional, las provincias, la CABA o los municipios.
En ese sentido, el Poder Ejecutivo fundamenta que la exención se debe a que la ley de vacunas “entiende a la vacunación como una estrategia de salud pública preventiva y altamente efectiva y la considera como bien social, sujeta a principios de gratuidad, interés colectivo, disponibilidad y amplia participación”.
Pone de relieve además que “el plan estratégico de vacunación contra la Covid-19 se ha establecido como una de las principales políticas sanitarias para dar respuesta a la pandemia, motivo por el cual nuestro país ha suscripto diversos contratos con distintos laboratorios y proveedores y acuerdos multilaterales, como el mecanismo Covax”.
Agrega que esa decisión permitió “haber recibido hasta la fecha aproximadamente 40 millones de dosis, de cuatro vacunas diferentes”.
No obstante, la iniciativa hace referencia a que “la situación crítica a nivel mundial en relación con la producción de vacunas condiciona el acceso oportuno y suficiente a este bien estratégico, por lo que se torna indispensable ampliar las opciones de proveedores, u obtención de insumos, que permitan incrementar la cantidad de dosis”.
Finalmente, precisa que, desde el Estado nacional, “se propician todas las alternativas posibles que permitan que el plan estratégico de vacunación nacional cuente con el mayor número de opciones disponibles, con una oferta de vacunas multiplataforma y con opciones para todos los grupos etarios”.
FUENTE: elterritorio.com.ar