Jubilación para trabajadores con discapacidad (Ley 20.475)
Como trabajador con discapacidad podés jubilarte a los 45 años si trabajás en relación de dependencia y a los 50 si sos autónomo.
Como trabajador con discapacidad podés jubilarte a los 45 años si trabajás en relación de dependencia y a los 50 si sos autónomo.
Las personas ciegas pueden jubilarse a los 45 años o cuando cumplen 20 años de trabajo.
Si tenés hipoacusia la obra social debe cubrirte los tratamientos, audífonos, prótesis y la rehabilitación. Las empresas telefónicas deben darte un servicio especial para que puedas comunicarte.
El empleo protegido organiza el trabajo para personas con discapacidad. Es necesario contar con el certificado de discapacidad y estar inscripto en la oficina de empleo municipal de tu domicilio.
Las personas con discapacidad tienen derecho a estudiar en escuelas comunes y a recibir los apoyos que sean necesarios para aprender y participar. Tienen derecho a recibir la certificación de sus estudios en el nivel primario y en el nivel secundario.
La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad te asegura el derecho a participar sin discriminación en toda la vida de la sociedad.
La ley de cupos busca garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad, facilitar su inclusión y la igualdad de oportunidades.
El certificado único de discapacidad es importante para que las personas con discapacidad puedan acceder a las prestaciones médicas, asistenciales, cupos laborales, entre otros derechos.